La Ley Orgánica de Aviación Civil en el artículo 35 establece que el Registro de Aviación Civil Salvadoreño (RAS) tiene como finalidad garantizar la propiedad o posesión de las aeronaves, la publicidad formal de los contratos y documentos que se relacionen con las aeronaves registradas; tales como certificados, licencias, pólizas de seguros y demás documentos de carácter administrativo, cuya inscripción se exijan en la Ley y sus reglamentos. (Ver normativa).
Para obtener más información en los trámites de registro: Llamar al 2565-4413 de Lunes a Viernes de 8:00 a.m. hasta 12:30 m. y de 1:15 p.m. hasta las 4:00 p.m. ó al correo gguardado@aac.gob.sv.