La Autoridad de Aviación Civil, en cumplimiento a lo establecido en el Artículo 13 literal a) de la Ley de Mejora Regulatoria, que indica:
Los sujetos obligados son responsables de observar, en sus procesos de elaboración de regulaciones y trámites, lo establecido en la presente ley y demás normativa aplicable, conforme al principio de buena regulación Corresponden a los sujetos obligados, las competencias siguientes:
a) Elaborar, publicar y monitorear su agenda regulatoria. La publicación de la agenda deberá realizarse, tanto en el portal del sujeto obligado como en el del Organismo.